COMITÉ DE CONVIVENCIA




MANUAL DE CONVIVNCIA. 



El comité de convivencia de Atalaya de la Mota, tiene la facultad acercar a la comunidad de residentes para de crear lazos de buena vecindad y resolver como primera instancia la solución de conflictos presentando formulas y alternativas para dirimirlo.


Este comité se rige a través del Manual de Convivencia, que contiene todas las disposiciones que garanticen una sana convivencia de los residentes, propietarios, tenedores, visitantes. Regula temas como requisitos, horarios para: El gimnasio, horarios del salón comunal y bbq, uso de parques entre otros, identificando las infracciones y “castigos” por el no cumplimiento de su normalidad, sin que vulneren derechos fundamentales, ni que estén por encima de lo dispuesto en la Constitución Política.

A pesar que la Ley 675 de 2001 no se refiere específicamente al Manual de convivencia esto no es obstáculo para que no se pueda constituir dentro de una P.H.; pues éste sirve para sancionar obligaciones no pecuniarias (cuotas ordinarias y extraordinarias), ya que es el administrador el encargado de realizar las acciones de cobro.

Concluyendo, si los copropietarios de Edificios residenciales hicieran uso del Comité de Convivencia para solucionar sus conflictos, se evitarían desmejorar su calidad de vida y fortalecerían lazos de convivencia y respeto con los demás copropietarios.